Hoy vamos a hablar de un tema que afecta a todos los ciudadanos en general y de manera muy especial a los autónomos y emprendedores: los impuestos, en concreto de los tipos de IVA que existen. En este artículo vamos a explicar qué es el IVA y cuáles son los tipos impositivos de IVA vigentes a día de hoy en España. A los emprendedores también les aconsejamos leer nuestro artículo sobre el IVA deducible y no deducible. Y a los comerciantes minoristas, nuestro artículo sobre el recargo de equivalencia.
El IVA, cuyas siglas hacen referencia a Impuesto sobre el Valor Añadido, grava el consumo en su término más amplio, ya que afecta tanto a la compra de productos como a la contratación de servicios. El IVA, además, es un impuesto de tipo indirecto. Esto quiere decir que este gravamen se aplica una sola vez en el momento de la adquisición, y afecta tanto a personas físicas como jurídicas.
A diferencia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el IVA no varía en función de los ingresos del individuo, sino que lo hace en función del tipo de producto adquirido. El porcentaje del gravamen viene establecido por la Agencia Tributaria en función de los tres tipos impositivos vigentes en la actualidad en España. Estos tres tipos, como veremos más adelante en profundidad, son IVA general, IVA reducido e IVA superreducido. Según el tipo aplicado, el impuesto puede oscilar entre el 4 y el 21%.
Tipos de IVA en España
Como venimos diciendo, el tipo de IVA aplicado varía en función del producto adquirido o el servicio contratado. Por lo general, en España se graba la compra de bienes y servicios, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones. Sin embargo, como veremos a continuación, el tipo impositivo difiere de manera importante según el bien adquirido o contratado.
En la actualidad, en España existen tres tipos del IVA, cuya cuantía es idéntica tanto para profesionales como para personas físicas y jurídicas.
IVA general
El IVA general, como su nombre indica, es el más extendido y utilizado. Se aplica por defecto a la mayoría de los productos y servicios. Esto incluye moda, decoración, electrónica y electrodomésticos, vehículos… Y casi cualquier servicio profesional que no esté incluido en las categorías de IVA reducido, IVA superreducido o exento de IVA. Desde el 1 de septiembre de 2012, el tipo general del IVA es del 21%.
IVA reducido
Por su parte, el IVA reducido grava aquellos productos que podemos entender cómo de mayor necesidad. En este apartado se incluyen los alimentos, el agua, la compra de viviendas nuevas, la adquisición de productos farmacéuticos (no medicamentos), la compra de productos profesionales para uso agrícola forestal y ganadero así como algunos servicios tales como la asistencia a ferias, museos y exposiciones.
Este tipo de IVA reducido también es aplicable al transporte de viajeros, a los servicios de hostelería, bares y restaurantes, balnearios y suministro de comidas y bebidas, a los servicios de limpieza de vías públicas, a los servicios de recogida, saneamiento, transporte, valorizacion o destrucción de residuos, las obras de reparación de viviendas, los espectáculos deportivos de carácter aficionado, o los arrendamientos con opción de compra de viviendas.
El IVA reducido en España grava estos productos y servicios con el 10%.
IVA superreducido
Por último, el IVA superreducido grava con el 4% los productos de primera necesidad. Aquí se incluyen productos como el pan, la leche, el queso, los huevos, la fruta, las verduras y hortalizas, las legumbres y tubérculos, los medicamentos para uso humano, los vehículos para minusválidos, las sillas de ruedas y el transporte colectivo de minusválidos, las prótesis e implantes, las viviendas de protección oficial y los libros, revistas y periódicos.
Al margen de estos productos, el IVA superreducido también se aplica a servicios como la reparación de vehículos para personas con movilidad reducida, los alquileres con opción a compra de viviendas de protección oficial o los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio y los centros de día y de noche.
Productos exentos de IVA
Al margen de estos tres tipos impositivos de IVA, existen productos y servicios que están exentos de pagar este impuesto. A este respecto cabe señalar que estos servicios o productos están realmente sujetos a la aplicación del IVA, pero Hacienda ha decidido eliminar su pago por su importancia para las personas o la comunidad, ya que la mayoría de los supuestos tienen que ver con asuntos relacionados con la salud, la cultura, la ayuda humanitaria o la educación.
Aquí podemos hablar de los siguientes supuestos:
- Los servicios postales realizados por Correos.
- Algunos aspectos del sector de la sanidad, como clínicas, laboratorios y centros de hospitalización.
- La enseñanza en centros públicos o privados autorizados, así como las clases particulares impartidas por personas físicas sobre las materias incluidas en los planes de estudios del sistema educativo.
- La asistencia a personas físicas por parte de los profesionales médicos o de los servicios sanitarios.
- Los servicios profesionales realizados por artistas, escritores y colaboradores literarios y gráficos.
- Las operaciones y la prestación de servicios relacionados con los seguros, los reaseguros y la capitalización.
- Los servicios de mediación realizados durante las operaciones financieras.
- Las entregas de terrenos rústicos y, en algunos casos, su arrendamiento.
- La entrega de bienes a otros Estados miembros de la Unión Europea.
- Las actividades sociales y culturales realizadas por asociaciones sin ánimo de lucro.